Impuestos en Bitcoin y otras Criptomonedas

Lamentablemente los impuestos siempre están y van a ser parte de nuestras vidas incluso en nuestras Inversiones en Criptomonedas.

Quiero empezar este video mencionando una de las frases más conocidas de Benjamin Franklin: En este mundo solo hay dos cosas seguras: la muerte y los impuestos.

Pues sí, lamentablemente los impuestos siempre están y van a ser parte de nuestras vidas incluso en nuestras Inversiones en Criptomonedas.

Durante los últimos meses muchos de vosotros me habéis estado preguntado que si las Criptomonedas están sujetas al pago de impuestos y en el caso de que tributar cuánto, cómo y cuándo habría que pagar impuestos.

Pues hoy de nuevo traigo más respuestas a vuestras preguntas! En este video vamos hablar sobre los Impuestos en tus inversiones en Bitcoin y otras Criptomonedas.

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1. Leyes sobre Impuestos y Criptomonedas

El tremendo “boom” de la inversión en bitcoin y otras criptomonedas ha hecho saltar las alarmas de Hacienda y demás entidades recolectoras de impuestos, ya sabes todos quieren su trocito de tarta… 

El pasado día 13 de octubre de 2020 el gobierno ha aprobado, el Proyecto de Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal.

Modificando la Ley 7/2012 que introdujo la obligación de informar sobre bienes y derechos situados en el extranjero, para tener un mayor control sobre las criptomonedas.

Según esta nueva actualización vamos a tener la obligación de informar sobre la posesión y operaciones de compra-venta con Criptomonedas. Y esto va afectar no solo a las criptomonedas que tengas en España sino también a las que tengas en el extranjero presentando el modelo 720 pero ya hablaremos de ello más adelante en el video.

2. Riesgos de no declarar tus Criptomonedas

Este punto es super importante, ya que si no declaras tus ganancias en criptomonedas, hacienda podría sancionarte por cometer una infracción tributaria. 

Y si la cantidad excede de los 120.000 euros pasaría a ser un delito fiscal contra la Hacienda Pública.

Y créeme que no te vas a querer ver en está situación ya que entre muchas otras cosas la multa podría ser de hasta seis veces la cantidad no declarada.

En la resolución del 8 de enero de 2018 de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria donde se especifica:

«En 2018, continuarán las líneas de investigación iniciadas en años anteriores y se incorporarán otras nuevas. En particular, podemos destacar: que Se estudiará la incidencia fiscal de nuevas tecnologías, como blockchain, y, en especial, las criptomonedas«.

Personalmente pienso que este video ya te ha aportado el suficiente valor para destrozar el botón me gusta si aún no lo has hecho y que además si ya hay mucho riesgo ala hora de invertir en criptomonedas por su volatilidad, no te arriesgues también a que Hacienda te sancione.

3. ¿Qué impuestos aplican a las Criptomonedas?

Lo primero de todo tenemos que saber el tipo de impuesto que aplican según el uso que le demos a las Criptomonedas.

Y para ello vamos a diferenciar los dos usos fundamentales que tienen las criptomonedas.

  • Medio de pago: Lo primero como medio de pago, básicamente usar tus criptomonedas para pagar cualquier tipo de bien o servicio. En este caso se aplicará IVA de la misma manera que sí estuvieras pagando con euros o dólares.
  • Inversión: Y lo segundo como inversión o especulación, de lo que hablamos fundamentalmente en este canal. Y es en este uso donde tenemos que declarar y pagar impuestos como el IRPF, o el impuesto sobre el patrimonio.

4. Impuestos en la Inversión de Criptomonedas

Ya sabemos los usos y los impuestos que aplican, ahora toca ver cuánto y cuándo tendríamos que pagarlos.

Quiero empezar mencionando que según este artículo del diario expansión, y en referencia a Consultas Vinculantes de la Dirección General de Tributos números V808-18 y V0999-18.

Cuando se intercambia una moneda virtual por otra se produce una alteración patrimonial (ganancia o pérdida) que debe hacerse constar en la declaración del IRPF.

Para ello vamos a ver los 3 casos en los que aplicarían de una u otra manera los impuestos: uno compramos y vendemos criptomonedas y obtenemos una ganancia, dos compramos y vendemos con pérdidas, y por último compramos una criptomoneda y la cambiamos por otra.

Ganancias con Criptomonedas:

La forma mas común de obtener beneficios gracias a las criptomonedas es a través de la compra y venta.

Por lo que sí compraste digamos un Bitcoin a $10,000 y vendes ahora a los $30,000 habrías generado una ganancia de capital de $20,000.

Y lamentablemente en la diferencia entre el precio de compra y venta vas a tener que declararla en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o IRPF.

En España las franjas de tributación son las siguientes:

Si los beneficios son de entre 0 y 6,000 tributa al 19%, entre 6,001  y 50,000 al 21% y por último, más de 50,000 23% pero vamos a verlo mejor con un ejemplo:

Imagínate que compraste un Bitcoin en Febrero 2017 por 1.000€ y lo vendiste hoy 5 de Enero de 2021 por 27.000€.

Pues en la declaración de la renta de este 2022 tendrías que declarar una ganancia patrimonial de 26,000€ de la siguiente manera: 6,000€ al 19% y 20,000€ al 21%, así que tendrías que pagar un total a Hacienda de 5,340€ y tu ganancia real sería de 20,660€.

Y aunque parezca mucho dinero que por cierto lo es, aún así habrías generado un retorno del 2,060%, muy superior al de cualquier otra Inversión y eso por no hablar de los que dejan el dinero en una cuenta de ahorro al 0.5% anual…

Quiero puntualizar que da igual el país en el que te encuentres, lo más probable es que también tengas que declarar estas ganancias en un mayor o menor porcentaje.

Otra cosa importante que también quiero añadir, es que traes de conservar los justificantes que acrediten él o los valores de compra que seguramente los pueda encontrar en tu exchange.

Pérdidas con Criptomonedas:

La siguiente cosa que podría pasar es que al operar con bitcoin y otras criptomonedas has vendido con pérdidas.

Aunque hayas obtenido pérdidas, la parte positiva es que vas a poder compensar tus perdidas con las ganancias en otro tipo de inversiones.

Por ejemplo:

Imagínate que has perdido 2.000€ en Ripple pero has ganado 8.000€ en la venta de tus acciones de Tesla.

Vas a poder compensar tus pérdidas en Ripple con las ganancias en la venta de tus acciones de Tesla. Por lo que solo tendrías que pagar impuestos por valor de 6.000€ de tus ganancias.

Otra ventaja más de las pérdidas es que si no has obtenido ninguna ganancia. Las vas a poder acumular tus pérdidas durante los siguiente 4 años.

Intercambio de Criptomonedas:

El último caso y este es importante porque no todo el mundo lo concoce… como bien sabes hay muchas criptomonedas que no podemos comprar directamente con Euros o dólares, sino que necesitamos comprar primero Bitcoin o Ethereum, para después intercambiarlo.

Aquí es donde viene la confusión, la mayoría de las personas piensan que al cambiar Bitcoin por otra moneda no tienen que pagar impuestos hasta que no conviertan esta de nuevo a euros o dólares. Error!

A diferencia de las acciones o los fondos de inversión que están exentos de impuestos hasta el momento de la venta, esto no pasa con las criptomonedas. Piensa que al fin y al cabo lo que estás haciendo es comprar una y vender otra por lo que en el caso de que haya una ganancia, tendrías que pagar impuestos, por sí suena confuso vamos a verlo mejor el ejemplo de antes.

Compraste un Bitcoin por 1.000€ pero ahora lo cambias por 3,457 Polkadot valoradas en 27.000€.

Pues en el ejercicio fiscal de este año vas a tener que pagar 5,340€ de impuestos ya que de cara hacienda has venido tus Bitcoin con un beneficio de $26,000 y tienes que pagar impuestos sobre tu beneficio independientemente de que lo utilices para comprar otra Criptomoneda.

¿Y qué es lo que pasa con tus Polkadot? Pues que en una futura ganancia de capital tendrías 3,457 Polkadot valoradas en 27.000€, y tendrás que pagar de nuevo impuestos si obtienes beneficios por encima de esa cantidad si decides vender o intercambiar de nuevo.

6. Impuestos en la Minería de Criptomonedas

Lo primero quiero aclarar que por minería me refiero a personas que obtengan los suficientes ingresos mensuales por los que se pueda clasificar la minería como actividad empresarial u otro trabajo cualquiera, no minar unos centimos o pocos euros de manera esporádica.

Si este es tu caso así es como afectaría a tus Impuestos:

  • IVA: En cuanto al IVA, la actividad de minería no sujeta a IVA, ya que el servicio que presta no lo hace a un usuario determinado, pues no tiene ninguna relación con ningún usuario de la blockchain. 
  • IRPF: En cuanto al IRPF, y dependiendo en la cantidad de las ganancias, tendrías que declarar Rendimientos por actividades económicas y Ganancias patrimoniales.
  • Actividad económica: Además de todo esto al tratarse de una actividad económica vas a tener que cumplir con obligaciones como llevar las cuentas, presentar tus declaraciones trimestrales, declarar el IRPF

7. Inversiones en el Extranjero modelo 720

¿Y qué es lo que pasa con el dinero que tenemos en el Extranjero? Lo tenemos que declarar?

Antes de nada, quiero aclarar que por Inversiones en el Extranjero me refiero a tener tus criptomonedas en monederos de los Exchange y cuyas empresas se encuentran fuera de tu país. En este caso tendrías sí que presentar el modelo 720 salvo algunas excepciones.

  • Los saldos en todos los Exchange, no superan la cantidad de 50.000€.
  • Tienes tus monedas en un cold wallet como Ledger o Trezor.

Conclusión Final

Pues esto es todo por hoy, muchas gracias por haberme acompañado hasta el final, espero no haberte aburrido con tantos impuestos, pero créeme este es un tema tan importante dentro de las criptomonedas como todos los demás.

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By HUGO BOTTO

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